1-Nota solicitando la inscripción del trámite dirigido a la Dirección de Sociedades.
2-Escritura pública o instrumento privado, original y copia con firmas certificada según art. 1.669 CCyC. Y su respectiva foja de reproducción.
3-Sellado en Rentas.
4-Constancias de CUIT, CUIL o CDI del fiduciante y fiduciario.
5-Fiduciarios deben aceptar el cargo y constituir domicilio especial.
6-Declaración jurada del fiduciario sobre condición PEP.
7-Autorización de la persona que realiza el trámite.
8-Fotocopias legibles y autenticadas.
9-El escribano interviniente debe imprimir el sello ligador.
• Fiduciario persona jurídica fuera de Salta: copia del estatuto y designación de órgano.
• Fiduciario constituido en el extranjero: acreditar inscripción según art. 118 o 123 Ley 19.550.
• Cumplir con los requisitos de los arts. 1666/1689 CCyC.
• Datos del fiduciante, fiduciario, beneficiario y fideicomisario (nombre, documento, inscripción registral, domicilio, CUIT/CUIL/CDI).
• Aceptación del beneficiario y fideicomisario para recibir prestaciones.
• Inexistencia de restricciones o limitaciones para que el fiduciario ejerza sus facultades.
• Emisión de estados contables anuales si surge del contrato, según art. 1.675 CCyC.
Para la inscripción en el Registro Público de resoluciones de asambleas o reuniones de socios:
a) Fecha y datos de registración del contrato de fideicomiso.
b) Fecha de inscripción de la transmisión fiduciaria.
c) Cantidad de acciones, cuotas sociales o partes de interés.
d) Acciones, cuotas o partes adquiridas según art. 1.684 CCyC.
e) Datos de fiduciante, fiduciario, beneficiario y fideicomisario con CUIT/CUIL/CDI.
f) Sociedades controlantes, controladas o vinculadas involucradas.
g) Si fiduciario, beneficiario o fiduciante son directores, gerentes o empleados de la emisora.
h) Restricciones o limitaciones inscriptas al fiduciario según art. 213 Ley 19.550.
i) Fideicomiso de garantía: relación del acreedor garantizado y fiduciario con la sociedad emisora.