Salta

Sociedades Extranjeras

Asociaciones Civiles

1. Nota solicitando la inscripción del trámite dirigida a la Dirección de Sociedades constituyendo domicilio electrónico

2. Certificado de inscripción emitido por la jurisdicción de origen, con antigüedad no mayor a 6 meses.

3. Contrato o Acto Constitutivo de la sociedad y sus reformas; en copia certificada notarialmente o por autoridad registral de la jurisdicción de origen.

4. La resolución de la casa matriz justificando la decisión de crear la sucursal, asiento u otra especie de representación permanente, que debe contener:
a) Designación del representante legal a cargo de la misma, que debe ser persona humana.
b) Constitución de la sede en nuestra jurisdicción o autorización al representante para establecerla, fijada con exactitud, cuya inscripción tendrá los efectos previstos en el art. 11 inciso 2º, última parte de la LEY 19.550
c) Asignación de capital si lo hubiere.
d) Fijación de la fecha de cierre de ejercicio.
e) Un domicilio postal y electrónico de la casa matriz para las comunicaciones respecto de la actuación o renuncia de los representantes.
f) Declaración jurada de que la sociedad no se encuentra sometida a liquidación ni a ningún procedimiento legal que impone restricciones sobre sus bienes y/o actividades.

TAL RESOLUCIÓN DEBE CONTENER LA FIRMA DE LOS OTORGANTES EN ORIGINAL, CERTIFICADA NOTARIALMENTE, AL IGUAL QUE SU PERSONERÍA EN ORIGEN, LEGALIZADA, APOSTILLADA Y TRADUCIDA SI CORRESPONDIERE.

5. Escrito con firma certificada notarialmente del representante designado mediante el cual acepte el cargo conferido, denuncie datos personales, fije domicilio social (si se lo facultó a ello) y constituya domicilio especial dentro del radio de la Provincia de Salta.

CUMPLIDOS LOS REQUISITOS, CORRESPONDE ORDENAR LA PUBLICACIÓN DE AVISOS EN LOS TÉRMINOS DEL ART. 118, PÁRRAFO 3º, INCISO 2º, DE LA LEY 19.550.
ACLARACIÓN

✔️ Toda documentación debe presentarse en duplicado.

✔️ Se debe autorizar a la persona designada para realizar el trámite en las actas acompañadas o mediante nota con firma certificada de los socios o del órgano de administración. Si el autorizado es abogado, deberá acompañar estampilla profesional.

✔️ La escribana interviniente debe imprimir el sello ligador en toda la documentación.

✔️ En caso de presentar fotocopias, las mismas deben ser perfectamente legibles, con márgenes suficientes y autenticadas notarialmente, no pudiendo realizarse correcciones sobre las mismas.



CONOZCA LOS VALORES DE LOS IMPUESTOS FISCALES

1.Nota solicitando la inscripción del trámite dirigida a la Dirección de Sociedades constituyendo domicilio electrónico

2. Certificado de inscripción emitido por la jurisdicción de origen, con antigüedad no mayor a 6 meses.

3. Contrato o Acto Constitutivo de la sociedad y sus reformas; en copia certificada notarialmente o por autoridad registral de la jurisdicción de origen.

4. La resolución de la casa matriz justificando la decisión de inscripción del estatuto al solo efecto de participar en sociedad, bajo los términos del art. 123 de la LEY 19.550, que debe contener:
a) Designación del representante legal a cargo de la misma, que debe ser persona humana.
b) Constitución de la sede en nuestra jurisdicción o autorización al representante para establecerla, fijada con exactitud, cuya inscripción tendrá los efectos previstos en el art. 11 inciso 2º, última parte de la LEY 19.550
c) Un domicilio postal y electrónico de la casa matriz para las comunicaciones respecto de la actuación o renuncia de los representantes.
d) Declaración jurada de que la sociedad no se encuentra sometida a liquidación ni a ningún procedimiento legal que impone restricciones sobre sus bienes y/o actividades.

TAL RESOLUCIÓN DEBE CONTENER LA FIRMA DE LOS OTORGANTES EN ORIGINAL, CERTIFICADA NOTARIALMENTE, AL IGUAL QUE SU PERSONERÍA EN ORIGEN, LEGALIZADA, APOSTILLADA Y TRADUCIDA SI CORRESPONDIERE.

5. Escrito con firma certificada notarialmente del representante designado mediante el cual acepte el cargo conferido, denuncie datos personales, fije domicilio social (si se lo facultó a ello) y constituya domicilio especial dentro del radio de la Provincia de Salta.
ACLARACIÓN

✔️ Toda documentación debe presentarse en duplicado ya sea en original o fotocopia certificada notarialmente.

✔️ Se debe autorizar a la persona designada para realizar el trámite en las actas acompañadas o mediante nota con firma certificada de los socios o del órgano de administración. Si el autorizado es abogado, deberá acompañar estampilla profesional.

✔️ La escribana interviniente debe imprimir el sello ligador en toda la documentación.

✔️ En caso de presentar fotocopias, las mismas deben ser perfectamente legibles, con márgenes suficientes y autenticadas notarialmente, no pudiendo realizarse correcciones sobre las mismas.



CONOZCA LOS VALORES DE LOS IMPUESTOS FISCALES