Pago de impuestos fiscales (Ley Impositiva) y Estampilla por fojas equivalente a 1 U.T.(unidad tributaria)
Acompañar constancias de CUIT, CUIL o CDI del comprador y vendedor en el contrato.
Publicación por cinco días en el Boletín Oficial y Diario de circulación comercial. - (se presenta un juego de cada día publicado). Se debe indicar en el edicto:
- La ubicación del negocio.
- La persona encargada de recibir las oposiciones (comprador, vendedor, y en caso que interviniese escribano o martillero) y la dirección donde se van a recibir las oposiciones. (art. 2)
Dos juegos de contrato donde se deberá además indicar: - Datos del comprador y del vendedor (Importante: detallar el estado civil del vendedor, si es casado, divorciados y viudos, consignar nupcias, nombre y apellido completo de los conyugues, y datos de sentencia de divorcio según el caso, lo mismo para los convivientes inscriptos). - Datos de inscripción si se trata de sociedades - Y el precio de venta
Asentimiento conyugal si correspondiere a los fines del artículo 470 del C.C y C. N.
La declaración jurada de la persona encargada de recibir las oposiciones conforme el aviso publicado previamente en el boletín y diario (art. 2 de la ley 11.867). En dicha declaración deberá constar detalle de las oposiciones habidas y la retención y depósito de fondos conforme art. 4 y 5 o, en su caso, la manifestación expresa de que, dentro del termino de ley (art. 4 ley 11.867) no se han realizado oposiciones o que las realizadas fueron dejadas sin efecto. Deberá certificarse notarialmente la firma.
Libre deuda previsional (art. 12 ley 14.499), Baja de AFIP y de la DGR
.
Certificado de Regularización Fiscal de la Municipalidad
.
Debe acompañar nómina de los acreedores denunciados a los fines del control del art. 8 de la ley 11.867
IMPORTANTE: el vendedor no deberá encontrarse inhibido para disponer o gravar sus bienes.
Aclaración:
Toda documentación debe presentarse en duplicado. (No copia simple)
Se debe autorizar a la persona designada para realizar el trámite en las actas acompañadas o mediante nota con firma certificada de los socios o del órgano de administración. Si el autorizado es un abogado deberá acompañar estampilla profesional.
La escribana interviniente debe imprimir el sello ligador en toda la documentación.
En caso de presentar fotocopias, las mismas deben ser perfectamente legibles, con márgenes suficientes y autenticadas notarialmente no pudiendo realizarse correcciones sobre las mismas.
Se puede solicitar un certificado de trámite del expediente mediante una nota con estampilla equivalente a 20 U.T.(unidades tributarias)