build your own site for free

SAS

Fideicomisos


Contrato de fideicomiso


Conforme lo dispuesto por Resolución Nº 1000/19, art. 11, punto 4) inc. c, se inscribirán en este Registro Público los contratos de fideicomiso, sus modificaciones, cese del fiduciario y/o extinción del contrato, excepto cuando se encuentren bajo el control de la Comisión Nacional de Valores.

Se inscribirán en este Registro Público los siguientes contratos de fideicomisos: 

  1. Cuando uno o más fiduciarios designados posea domicilio real o especial en la jurisdicción de la Provincia de Salta.
  2. Cuando las acciones, cuotas sociales o partes de interés de una sociedad inscripta ante este Organismo formen parte de los bienes objeto del contrato de fideicomiso.
  3. Cuando todos o algunos de los bienes registrales fideicomitidos, se encuentren en la jurisdicción de la Provincia de Salta.
  4. Se exceptúa de la competencia de este organismo la inscripción de los contratos de fideicomiso financieros a tenor de lo dispuesto en el artículo 1.691 del Código Civil y Comercial de la Nación.


Nota solicitando la inscripción del trámite dirigido a la Directora de Sociedades; Dra. Rosario Sierra.

Original y 2 (dos) copias certificadas del primer testimonio de la escritura pública o instrumento privado con firmas certificadas de los otorgantes según corresponda, conforme las previsiones del artículo 1.669 del Código Civil y Comercial de la Nación, mediante el cual se formalizó el contrato, el que deberá contener los requisitos establecidos en el artículo 1.667 y concordantes del citado Código.

Sellado en Rentas (1,2 del Impuesto al Sello y 0,3 Tasa Retributiva de Servicios) y sellado de actuación por foja (1 u.t. x foja).

Constancias de CUIT, CUIL ó CDI del fiduciante y fiduciario. (Resolución N° 348 del AFIP)

El/los fiduciarios deben aceptar el cargo y constituir domicilio especial dentro del contrato de fideicomiso o por nota con firma certificada por duplicado.

Declaración jurada del fiduciario sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente (PEP), únicamente en el caso que éste sea persona humana. En caso que fuere persona jurídica esta obligación recaerá en los miembros del órgano de administración.

La persona encargada de realizar el trámite de inscripción deberá estar autorizada en el contrato de fideicomiso.

En caso de presentar fotocopias, las mismas deben ser perfectamente legibles y autenticadas notarialmente no pudiendo realizarse correcciones sobre las mismas.

Se puede solicitar un certificado de trámite del expediente mediante una nota con estampilla de 20 u.t.

El escribano interviniente debe imprimir el sello ligador entre todas las hojas del contrato o toda documentación que acompañe



En caso que el fiduciario fuese persona jurídica radicada fuera de la jurisdicción de la Provincia de Salta, deberá además acompañar:

Copia del estatuto social o texto reordenado vigente con constancia de su inscripción ante el Registro Público que corresponda según su domicilio. .

Copia del instrumento inscripto ante el Registro Público que corresponda según su domicilio del cual surja la designación de los miembros del órgano de administración y fiscalización, en su caso, de la sociedad, en caso que no surja del documento requerido en el inciso anterior.

En caso que el fiduciario sea una persona jurídica constituida en el extranjero, se deberá acreditar su inscripción en los términos del art.118 o 123 de la ley 19550.




Conozca los valores de los impuestos fiscales


Cumplir con los requisitos de los arts. 1666/1689 del CCyC
Datos del fiduciante, fiduciario, beneficiario (art. 1671 CCyC) y fideicomisario (art. 1672 CCyC) -si lo hubiere-, incluyéndose, según el caso, nombre y apellido o denominación social, documento de identidad o número de pasaporte si se trata de persona humana de nacionalidad extranjera; o datos de inscripción de inscripción registral y domicilio o sede social. En caso que el fiduciario fuese una persona humana de nacionalidad argentina, adicionalmente deberá mencionar su clave única de identificación tributaria (CUIT) o clave única de identificación laboral (CUIL) o, en caso que el fiduciario sea una persona humana de nacionalidad extranjera, deberá mencionarse su clave de identificación (CDI).

Aceptación del beneficiario y del fideicomisario para recibir las prestaciones del fideicomiso, en caso que surja del instrumento mediante el cual se formalizó el contrato o instrumento complementario al mismo.

Inexistencia de restricciones, limitaciones o condiciones del fiduciario para ejercer su facultad de disponer o gravar los bienes objeto del fideicomiso.

Si surge del contrato la obligación de emisión de estados contables anuales como modo de rendición de cuentas del fiduciario en los términos del artículo 1.675 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Para la inscripción en el Registro Público de resoluciones de asambleas o reuniones de socios de Sociedades inscriptas ante este Organismo, en las cuales hayan participado ejerciendo derechos de voto titulares fiduciarios de acciones, cuotas sociales o partes de interés, deberá verificarse la inscripción del contrato de fideicomiso ante este Organismo y el interesado deberá acreditar:

a) Fecha y datos de registración del contrato de fideicomiso ante el Organismo.

b) Fecha de la inscripción de la transmisión fiduciaria en el registro de acciones o ante este Organismo, aclarándose si dicha transmisión consta expresamente asentada en tal carácter.

c) Cantidad total de acciones, cuotas sociales o partes de interés fideicomitidas y sus características.

d) En su caso, acciones, cuotas sociales o partes de interés adquiridas conforme el art.1.684 del Código Civil y Comercial de la Nación -incluidas las acciones, cuotas sociales o partes de interés liberadas y de suscripción o acrecimiento posteriores-, características de las mismas y fecha de su inscripción en el registro de acciones o ante este Organismo, con la aclaración referida en el inciso 2 del presente artículo.

e) Datos del fiduciante, fiduciario, beneficiario y fideicomisario -si lo hubiere-, incluyéndose, según el caso, nombre y apellido o denominación social, documento de identidad o número de pasaporte si se trata de persona humana de nacionalidad extranjera; o datos de inscripción de inscripción registral y domicilio o sede social. En caso que el fiduciario fuese una persona humana de nacionalidad argentina, adicionalmente deberá mencionar su clave única de identificación tributaria (CUIT) o clave única de identificación laboral (CUIL) o, en caso que el fiduciario sea una persona humana de nacionalidad extranjera, deberá mencionarse su clave de identificación (CDI).

f) Si el fiduciante, fiduciario o beneficiario son todos o alguno de ellos sociedades controlantes, controlada o vinculada a la sociedad emisora de las acciones, cuotas sociales o partes de interés.

g) Si alguno de ellos es director, gerente o apoderados o empleado de la emisora o de sociedad controlada o vinculada con ella.

h) Si constan inscriptas, en los alcances del inciso 6) del art. 213 de la ley 19.550, restricciones, limitaciones o condiciones al fiduciario para ejercer facultades de disponer o gravar acciones, o para el ejercicio de determinados derechos de voto, reseñándose en caso afirmativo el contenido de las mismas. Respecto de cuotas sociales o partes de interés tales restricciones, limitaciones o condiciones podrán resultar de su inscripción ante este Organismo.

i) En caso que se trate de un fideicomiso de garantía: a) si el acreedor garantizado, o uno de ellos en caso de pluralidad, es el mismo fiduciario; b) si el acreedor garantizado y/o fiduciario son sociedad controlante, controlada o vinculada a la sociedad emisora.




Conozca los valores de los impuestos fiscales


Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia
Gobierno de la Provincia de Salta
© Copyright 2018 SIGPJ