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SAS

Sociedades por Acciones Simplificadas

No te olvides de constituir en tu primera presentación el domicilio electrónico, al cuál el organismo
te informará las observaciones a la documentación presentada.

TRÁMITE EXPRÉS:
La inscripción será realizada en el plazo abreviado que determina el Artículo 38 de la Ley 27.349, siempre que:

● El solicitante utilice el Instrumento Constitutivo Tipo y Modelo de aviso  aprobados  por la Subsecretaría.

● Los otorgantes fueran personas humanas y actúen por derecho propio.
                
● La integración del capital sea en dinero mediante depósito bancario. 

Caso contrario, corresponderá el trámite común.
 
Capital mínimo: conforme art. 40 de ley 27.349 debe ser el importe equivalente a dos veces el salario mínimo, vital y móvil. El monto de SMV actualizado, conforme a Resolución 6/2019 del Consejo Nacional de Empleo. 

Reserva de Nombre: Tanto para la tramitación por proceso ordinario como exprés, debe realizarse previamente la tramitación de la Reserva de Nombre de la sociedad, mediante solicitud escrita consignando la Denominación Social para su reserva.

La misma tendrá vigencia por 30 días.

Conozca la resolución N°28/2019 de SAS y anexo



Pasos para el Trámite de inscripción de SAS.
Al momento de la presentación se deberá adjuntar:

  1. FORMULARIO DE SOLICITUD  de inscripción de Instrumento Constitutivo SAS firmado por los autorizados en el Instrumento Constitutivo.
  2. INSTRUMENTO CONSTITUTIVO TIPO,  con firma de todos los socios, con el sellado de Rentas correspondiente.
    Debe presentarse en dos originales, cada uno de ellos certificados por escribano público. (Estampilla de 1 U.T. x fs.)(Completar en la computadora, imprimir y certificar ante escribano las firmas de los otorgantes). 
  3. FORMULARIO DE DECLARACIÓN JURADA "PEP" informando la condición de persona expuesta políticamente de los administradores titulares y suplentes (Res. UIF 11/2011).
    Se requiere una Declaración Jurada por cada uno de los Administradores (Titulares y Suplentes) designados en el Instrumento Constitutivo. Cada DDJJ deberá estar certificada por escribano público. (Estampilla equivalente a 1 U.T. x fs.)
  4. Acreditación de la integración del capital social (25% capital mínimo Art. 41 Ley 27.349) mediante:

    - Constancia de depósito bancario.
    - Acta Notarial. 
    - Certificación Contable de contador publico independiente certificado por el Consejo Profesional. 
  5. Comprobantes de pago de impuestos fiscales

    - Sellado de actuación por foja = 1 U.T.(unidades tributarias)
    - Certificado en trámite que emite el organismo = 20 U.T.
    (unidades tributarias)
    - Impuesto a la inscripción de sociedad = 0,3% sobre el capital social.
    - Impuesto al acto = 1,2 % sobre el capital social.


Importate:

La presentación de la documentación en el organismo no implica el inicio de expediente. En los casos en que la documentación no cumplimente los requerimientos para la tramitación, la documentación será devuelta al presentante para su inicio en forma completa.




Conozca los valores de los impuestos fiscales


Modelos aprobados por la Subsecretaría de Registro del Estado Civil y Personas Jurídicas para su descarga (Click en los iconos de abajo):

Formulario de Solicitud

Instrumento Constitutivo Tipo

Formulario de Declaración Jurada "PEP"

Modelo de Aviso

Nota de Reserva de Nombre

Valores Actualizados
Tasas e impuetos fiscales

Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia
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